Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XVI DE LA PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS EN EL SECTOR SOCIETARIO
Art. 1
ÁMBITO
Vigente desde 2025-09-05
Estas normas tienen por objeto regular fundamentalmente las políticas, procedimientos y los mecanismos para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos, que deberán observar los sujetos obligados o compañías reguladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que se dediquen a las actividades establecidas en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos y las demás que mediante resolución, sean incorporadas bajo estas obligaciones por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), siempre que estén bajo control de esta institución.
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