Art. 38 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
TERCERÍAS
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las tercerías se sujetarán a las normas establecidas en los artículos: 175 y siguientes; y 286 y siguientes del Código Tributario.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.