Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA
Art. 38
TERCERÍAS
Vigente desde 2025-09-05
Las tercerías se sujetarán a las normas establecidas en los artículos: 175 y siguientes; y 286 y siguientes del Código Tributario.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.