Art. 27 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
CUMPLIMIENTO DE PROVIDENCIAS JUDICIALES
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El Intendente Nacional de Procuraduría y Asesoría Institucional o el funcionario delegado en las demás intendencias regionales, remitirá oportunamente al delegado de coactiva, copia de las actuaciones judiciales y de la sentencia ejecutoriada para que proceda de conformidad con lo que se ordenare en dichas providencias.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.