Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA

Art. 27

CUMPLIMIENTO DE PROVIDENCIAS JUDICIALES

Vigente desde 2025-09-05

El Intendente Nacional de Procuraduría y Asesoría Institucional o el funcionario delegado en las demás intendencias regionales, remitirá oportunamente al delegado de coactiva, copia de las actuaciones judiciales y de la sentencia ejecutoriada para que proceda de conformidad con lo que se ordenare en dichas providencias.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.