Art. 4 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
CONSORCIOS Y ASOCIACIONES
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las compañías obligadas a elaborar estados financieros consolidados los presentarán vía electrónica dentro del primer cuatrimestre del año, adjuntando el detalle de las sociedades consolidadas, y pagarán la contribución sobre el total de los activos que se reflejaren en dichos estados financieros consolidados. Para el caso de los consorcios y las asociaciones, la contribución se calculará tomando como base los activos reales del consorcio o de la asociación, debiendo deducir de su monto total, el valor de las aportaciones hechas por las compañías asociadas, siempre que estas aportaciones se reflejen en sus propios estados financieros.
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