Art. 31 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, en el plazo de un mes contado a partir de la admisión a trámite, dictará la resolución motivada en la que confirmará, invalidará o modificará el acto administrativo objeto del recurso de revisión.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.