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Art. 31 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, en el plazo de un mes contado a partir de la admisión a trámite, dictará la resolución motivada en la que confirmará, invalidará o modificará el acto administrativo objeto del recurso de revisión.

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