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Art. 8 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

DEL ÓRGANO COMPETENTE SANCIONADOR

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito societario le corresponde al Intendente Nacional de Compañías en la oficina matriz, o a los Intendentes Regionales en sus respectivas jurisdicciones.

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