Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 7
OPORTUNIDAD
Vigente desde 2025-09-05
Las pruebas serán aportadas por las partes en su primera comparecencia al procedimiento administrativo, aquella que no haya sido anunciada, no podrá introducirse en el periodo de prueba. La prueba se referirá a los hechos controvertidos.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.