Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 22
IMPUGNACIONES
Vigente desde 2025-09-05
Conforme a las reglas señaladas en el Código Orgánico Administrativo y el Reglamento de impugnaciones expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, el o los recurrentes podrán impugnar el acto administrativo que resuelva su reclamo, a través de los recursos señalados en las precitadas normativas, en los términos y condiciones prescritos para el efecto.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.