Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 14
Vigente desde 2025-09-05
La retribución de los interventores será fijada por el Superintendente de Compañías o su delegado y pagada por la compañía.
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