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Art. 12 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El o los interventores nombrados por la Superintendencia de Compañías no forman parte de la administración de la compañía intervenida, pero sus honorarios serán pagados por ésta, cuando, por no integrar el personal de la institución, no perciban honorarios o remuneración alguna del presupuesto de ella.

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