Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIII DEL REGISTRO DE SOCIEDADES E INFORMACIÓN SOCIETARIA
Art. 30
Vigente desde 2025-09-05
Prohíbese a los servidores de la Superintendencia de Compañías alterar el orden o desintegrar los documentos de los expedientes incorporados en el archivo institucional. El funcionario o empleado que incumpliere las normas del presente Reglamento, será sancionado con arreglo a las disposiciones administrativas pertinentes.
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