Art. 13 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En cualesquiera de los casos que anteceden, las variaciones posteriores en los datos del calificado, tales como: cambio de denominación, de domicilio, etc., o en otro orden, la suspensión, cancelación de calificación, etc., irán organizadas en expedientillos independientes, superpuestos cronológicamente.
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