Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIII DEL REGISTRO DE SOCIEDADES E INFORMACIÓN SOCIETARIA
Art. 12
VALIDACIÓN DE INFORMACIÓN RECIBIDA A TRAVÉS DEL PORTAL WEB INSTITUCIONAL
Vigente desde 2025-09-05
El Registro de Sociedades validará la información remitida por los representantes legales de las sociedades sujetas al control y vigilancia institucional y recibida a través del portal web institucional, respecto de los procesos reglamentados a su cargo, dichos registros contendrán los datos e imágenes que soporten la información recibida según el caso. La veracidad y autenticidad de la información proporcionada por las y los administrados en la gestión de un trámite administrativo es de su exclusiva responsabilidad.
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