Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XII DE LA VIGILANCIA Y CONTROL POSTERIOR DE ACTOS SOCIETARIOS INSCRITOS
Art. 3
RESPONSABLES EN EL PROCESO
Vigente desde 2025-09-05
Son responsables en el proceso de control posterior, en el ámbito de sus funciones, las siguientes áreas: 1. Centro de Atención al Usuario (CAU); 2. Registro de Sociedades; 3. Actos Societarios y Disolución; 4. Control e Inspección; y, 5. Autorización y Registro de Mercado de Valores.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.