Art. 16 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Es obligación del área de Registro de Sociedades ingresar a la base de datos institucional todos los actos societarios, aprobados o no, por la Superintendencia; sin embargo, de detectarse algún error, omisión o irregularidad, se indicará que dicho acto está observado y se sujetará al proceso de revisión previsto en este instructivo, de ser el caso.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.