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Art. 5 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Para ser admitida la solicitud y durante el trámite de concurso preventivo, las compañías deben estar al día en la presentación de los estados financieros anuales y en el pago de contribuciones, así como de los informes de auditoría externa, si fuere del caso, de conformidad con la Ley de Compañías y sus reglamentos. La compañía admitida al trámite de concurso preventivo, que no se encuentre al día con las obligaciones previstas en este artículo, tendrá un término de treinta días contados a partir de la notificación, para que cumpla con las obligaciones pendientes. Una vez vencido dicho término, el Superintendente de Compañías podrá, de oficio, declarar terminado el trámite concursal.

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