Art. 2 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
SOLICITUD DEL DEUDOR
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Cuando la solicitud del concurso preventivo fuere presentada por el deudor, observará los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ley, y la presentará dentro del plazo y condiciones señalados en el artículo 7 de la misma, adjunto a la solicitud, presentará tantas copias de la misma y sus anexos, cuantos acreedores consten relacionados en ella.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.