Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO I DE LA CONSTITUCIÓN
Art. 9
Vigente desde 2025-09-05
En el caso de las compañías intermediarias de reaseguros, peritos de seguros y asesoras productoras de seguros, su denominación estará compuesta por la denominación objetiva, acompañada de la expresión peculiar y el tipo de la compañía.
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