Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo
Art. 19
Efectos de los Siniestros
Vigente desde 2025-04-29
Los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales u ocupacionales pueden producir los siguientes efectos en los asegurados: a) Incapacidad Temporal; b) Incapacidad Permanente Parcial; c) Incapacidad Permanente Total; d) Incapacidad Permanente Absoluta; y, e) Muerte.
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