Reglamento del Régimen del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte
DT 3
(Disposición Transitoria TERCERA)
Vigente desde 2025-01-21
Se otorgará pensiones de jubilación por vejez en las condiciones de edad y tiempo de imposiciones que constan en la siguiente tabla, siempre y cuando las condiciones anotadas las cumplieron con anterioridad al 21 de febrero de 2006.
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