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Disposición Transitoria PRIMERA

DT 1

Vigentedesde el 21 de enero de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de enero de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Mientras no se aplique el Régimen Mixto que dispone la Ley 2001-55 de Seguridad Social, todos los afiliados y pensionistas del seguro general obligatorio o del seguro voluntario, se regirán por el Régimen de Transición.

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