Disposición General TERCERA
DG 3
Vigentedesde el 21 de enero de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 21 de enero de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En caso de que existan aportaciones realizadas por idénticos períodos al Régimen de Afiliación Voluntaria y al Régimen de Afiliación Obligatoria General, la primera no será considerada para el cálculo de las pensiones que otorga el IESS, es decir, que no formará parte de la base de cálculo de la pensión.
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