Reglamento del Régimen del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte
Art. 5
Vigente desde 2025-01-21
Se excluye la concesión de la prestación de invalidez, cuando la contingencia de incapacidad ocurriere por las siguientes causas: a) Si el asegurado es responsable de la invalidez, por hallarse bajo los efectos de sustancias alcohólicas, psicotrópicas o de cualquier otro tóxico; b) Si intencionalmente el afiliado, por su cuenta o valiéndose de otra persona, causare la incapacidad; c) Intento de suicidio; o, d) Delito intencional del que fuere responsable el asegurado, según sentencia judicial ejecutoriada.
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