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Disposición Transitoria única

DT 1

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2024

Consolidación:
texto consolidado al 25 de septiembre de 2024, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos emitirá las resoluciones, instructivos y demás documentos indicados en este Reglamento, en el plazo improrrogable de 180 días contados a partir de la fecha de publicación en el Registro Oficial.

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