Art. 17 del Reglamento General a la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos
Billetes de alta denominación
Vigentedesde el 2 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 2 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria emitirá la regulación aplicable al depósito de billetes de alta denominación en el Banco Central del Ecuador y en el sistema financiero nacional.
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