Art. 87 del Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
Registro Único de Responsables y Encargados del tratamiento de datos personales incumplidos
Vigentedesde el 13 de noviembre de 2023
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de noviembre de 2023, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El Registro Único de Responsables y Encargados de tratamiento de datos personales incumplidos constituye un registro público a cargo de la Autoridad de Protección de Datos, en el que se harán constar los responsables y encargados del tratamiento que hubieren incurrido en alguna de las infracciones establecidas en la Ley y cuenten con una resolución firme, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente. Dicho registro contendrá los siguientes datos: 1. Nombre de la persona natural o jurídica infractora; 2. Indicación de la infracción cometida; 3. Indicación de la sanción impuesta; y, 4. Reiteración o reincidencias en el cometimiento de infracciones.
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