Art. 83 del Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
Atribuciones del Superintendente de Protección de Datos Personales
Vigentedesde el 13 de noviembre de 2023
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de noviembre de 2023, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Son atribuciones del Superintendente de Protección de Datos Personales, a más de las señaladas en la Ley y este Reglamento, las siguientes: 1. Representar legal y judicialmente a la Autoridad de Protección de Datos Personales, en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su competencia. 2. Elaborar y publicar, anualmente, información estadística, de las organizaciones sujetas a su control y de los tratamientos de datos personales. 3. Formular, aprobar y ejecutar el presupuesto de la Autoridad de Protección de Datos Personales. 4. Preparar estudios y propuestas sobre reformas legales y reglamentarias que se requieran para el correcto ejercicio del derecho a la protección de datos personales, y ponerlos en consideración de los órganos encargados de aprobarlas. 5. Aprobar y expedir normas internas, resoluciones y manuales que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Autoridad a su cargo.
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