Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Art. 44

Registro de actividades del tratamiento

Vigente desde 2023-11-13

El encargado del tratamiento deberá mantener un registro de actividades del tratamiento cuando el responsable del tratamiento esté obligado a ello, de conformidad con lo previsto en la Ley, el presente Reglamento y demás normativa aplicable.

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