Disposición General SEXTA
DG 6
Vigentedesde el 3 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 3 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las Cajas Centrales, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 102 de la ley, dentro del plazo de dos años, contados a partir de la promulgación del presente reglamento, deberán contar como socias, exclusivamente a cooperativas de ahorro y crédito.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.