Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria › Título II De las Formas de Organización de la Economía Popular y Solidaria
Art. 77
Convocatoria asamblea general
Vigente desde 2025-10-03
El interventor, en el plazo de treinta días de posesionado, convocará a una asamblea general para normalizar el funcionamiento de la cooperativa, la misma que, en caso necesario, autorizará la contratación de una auditoría externa, la adquisición o venta de activos fijos y la contratación de personal.
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