Art. 147 del Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria
Información
Vigentedesde el 3 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 3 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Para el cabal ejercicio de sus atribuciones, los entes de regulación podrán solicitar información, tanto a las instituciones del Estado, como a las organizaciones a ser reguladas.
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