Disposición General PRIMERA
DG 1
Vigentedesde el 22 de abril de 2021
- Consolidación:
- texto consolidado al 22 de abril de 2021, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Para acogerse al beneficio de la exoneración al amparo de lo determinado en la Ley Orgánica de Discapacidades, el Ministerio de Salud Pública emitirá la correspondiente autorización electrónica para la importación de bienes de uso exclusivo de las personas con discapacidad, misma que deberá ser integrada a la Ventanilla Única Ecuatoriana.
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