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Art. 28 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario

Vigentedesde el 28 de marzo de 2025

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texto consolidado al 28 de marzo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Validez del acuerdo preconcursal de pagos: El acta de mediación con el acuerdo preconcursal, para su validez, deberá contener al menos: 1. La identificación clara y precisa del deudor y los acreedores que lo suscriben; 2. La identificación clara y precisa del resto de acreedores; 3. La declaración jurada con el detalle de las obligaciones debidas; 4. El acuerdo preconcursal alcanzado, con precisión de las renuncias, desistimientos, condiciones, plazos y demás características acordadas; 5. Los medios de verificación de que se ha comunicado a todos los acreedores la invitación a mediación o la intención de suscribir el acuerdo; y. 6. El supervisor designado por las partes o a falta de acuerdo el mediador designado por el Centro de Mediación.

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