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DG 6 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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Disponer a la Dirección de Seguridad de la Información y Administración de Tecnologías de la Información que, dentro de término de sesenta (60) días contados a partir de la suscripción del presente Reglamento, implemente el desarrollo tecnológico necesario para la ejecución del presente instrumento.

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