Art. 27 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Contenido del acto administrativo de inicio
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
El auto de inicio tendrá como contenido mínimo:
a) Identificación del sujeto obligado infractor;
b) Identificación del funcionario instructor y del funcionario resolutor;
c) Descripción clara de los hechos que motivan el inicio del procedimiento;
d) Infracción presuntamente cometida;
e) Normas presuntamente infringidas;
f) Sanciones que podrían imponerse;
g) Identificación de los informes técnicos, documentos, actuaciones previas y demás elementos de convicción que sustentan el inicio del procedimiento;
h) Disposición de notificación;
i) Término para contestar;
j) Advertencia del derecho a presentar la prueba; y,
k) La firma física o electrónica, según corresponda, del funcionario instructor.
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