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Art. 22 de la NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DE OTROS DELITOS EN EL MERCADO DE VALORES

Restricciones del oficial de cumplimiento

Vigentedesde el 14 de agosto de 2026

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El oficial de cumplimiento se encuentra restringido de delegar el ejercicio de su cargo, por lo tanto, por su carácter personalísimo, deberá abstenerse de subcontratar o tercerizar servicios para dicho fin.

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