Art. 5 del Establécense las normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales de Seguridad (CTS), así como la de Utilidades de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito (CTBC); y renómbrese el Formulario 124 como Formulario de Declaración y Pago para Contribuciones Temporales por el Conflicto Armado Interno (2024-2025) y Contribución Única y Temporal (2021-2022-2023)
Ámbito subjetivo (CTBC)
Vigentedesde el 25 de marzo de 2024
- Texto cargado en Vigente:
Están obligados a declarar y pagar la Contribución Temporal sobre Utilidades de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito (CTBC) en los plazos establecidos en el presente acto normativo, los bancos y cooperativas de ahorro y crédito, residentes fiscales en el ecuador, así como las sucursales de bancos y cooperativas de ahorro y crédito extranjeros domiciliados en el ecuador, que hubieren obtenido una utilidad gravada durante el del ejercicio fiscal 2023.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.