Vigésima Sexta. Decreto Ejecutivo No. 1165
DT 26
Vigentedesde el 5 de octubre de 2020
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 303, 5 de octubre de 2020
- Texto cargado en Vigente:
Las entidades del sistema financiero nacional que incrementaren hasta el 31 diciembre de 2020 el plazo de los créditos del tipo comercial ordinario, productivo o microcrédito, por montos superiores a 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, otorgados hasta la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria derivada del Covid-19, en al menos doce (12) meses adicionales al plazo original, estarán exentas del pago del impuesto a la renta por el valor del 50% de los intereses recibidos por tales créditos desde la modificación de plazo hasta finalizar la operación.
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