Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno › Título VII-A. MECANISMOS DE CONTROL A LA TRAZABILIDAD DE PRODUCTOS
DT 26
(Vigésima Sexta. Decreto Ejecutivo No. 1165)
Vigente desde 2020-10-05
Las entidades del sistema financiero nacional que incrementaren hasta el 31 diciembre de 2020 el plazo de los créditos del tipo comercial ordinario, productivo o microcrédito, por montos superiores a 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, otorgados hasta la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria derivada del Covid-19, en al menos doce (12) meses adicionales al plazo original, estarán exentas del pago del impuesto a la renta por el valor del 50% de los intereses recibidos por tales créditos desde la modificación de plazo hasta finalizar la operación.
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