Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno › Título VII-A. MECANISMOS DE CONTROL A LA TRAZABILIDAD DE PRODUCTOS
DT 20
(Vigésima. Decreto Ejecutivo No. 539)
Vigente desde 2014-12-31
El Servicio de Rentas Internas contará con el término máximo de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia del presente decreto ejecutivo para la implementación del proceso de compensación para la atención de solicitudes de devolución del IVA pagado y retenido por los exportadores. Hasta que se efectúe la implementación del referido proceso, se estará a lo dispuesto en la Resolución NAC-DGERCGC14-00156, publicada en Registro Oficial Suplemento No. 212 de 26 de marzo del 2014 .
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