Vigésima. Decreto Ejecutivo No. 539
DT 20
Vigentedesde el 31 de diciembre de 2014
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 407, 31 de diciembre de 2014
- Texto cargado en Vigente:
El Servicio de Rentas Internas contará con el término máximo de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia del presente decreto ejecutivo para la implementación del proceso de compensación para la atención de solicitudes de devolución del IVA pagado y retenido por los exportadores. Hasta que se efectúe la implementación del referido proceso, se estará a lo dispuesto en la Resolución NAC-DGERCGC14-00156, publicada en Registro Oficial Suplemento No. 212 de 26 de marzo del 2014 .
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