Segunda. Decreto Ejecutivo No. 987
DG 18
Vigentedesde el 30 de diciembre de 2011
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 608, 30 de diciembre de 2011
- Texto cargado en Vigente:
Las instituciones públicas que solicitaren la devolución del IVA pagado, deberá incluir estos valores en sus respectivos presupuestos.
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