Décima. Decreto Ejecutivo No. 1114
DG 10
Vigentedesde el 4 de agosto de 2020
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 260, 4 de agosto de 2020
- Texto cargado en Vigente:
Los no residentes en el Ecuador que presten servicios digitales en el país y que se registren en la forma establecida en el Servicio de Rentas Internas no serán considerados como establecimientos permanentes en Ecuador por el hecho de efectuar dicho registro.
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