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Art. (...) del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

duodécimo artículo innumerado posterior al Art. 279

Ventas de sustancias minerales, concentrados y elementos metálicos

Vigentedesde el 21 de septiembre de 2023

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 401, 21 de septiembre de 2023
Texto cargado en Vigente:
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Para establecer los valores de ingresos por venta de minerales utilizados para el cálculo de las obligaciones generales tributarias aplicables a todo tipo de actividad minera y de las obligaciones fiscales mineras se aplicarán las normas y condiciones previstas en este reglamento, resoluciones y otros actos normativos emitidos por el Servicio de Rentas Internas, así como los procedimientos establecidos mediante reglamentos y otros mecanismos e instrumentos legales emitidos por el ministerio sectorial y la entidad de control que corresponda, que permitan verificar el contenido y la pureza de los minerales a ser comercializados.

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