Art. (...) del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
13º artículo innumerado posterior al Art. 253
Excepción de retención
Vigentedesde el 28 de junio de 2024
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 589, 28 de junio de 2024
- Texto cargado en Vigente:
No se efectuará retención alguna del impuesto a la renta sobre el operador de pronósticos deportivos que esté registrado en el RUC.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.