Art. (...) del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
tercer artículo innumerado posterior al Art. 214
Marcación
Vigentedesde el 24 de agosto de 2018
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 312, 24 de agosto de 2018
- Texto cargado en Vigente:
Los productores nacionales e importadores de bienes obligados a la adopción de los mecanismos de control para la identificación, marcación y rastreo, incorporarán a sus productos exclusivamente los componentes de marcación y seguridad aprobados para el efecto por el Servicio de Rentas Internas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.