Art. (...) del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
segundo artículo innumerado posterior al Art. 195
Barcos pesqueros de construcción nueva de astillero
Vigentedesde el 20 de diciembre de 2018
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 392, 20 de diciembre de 2018
- Texto cargado en Vigente:
Se consideran bajo esta definición a los barcos de pesca de cualquier tipo, proyectados para la actividad económica de la pesca en el mar o en aguas interiores.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.