Art. 246 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
Vigentedesde el 25 de julio de 2011
- Fuente:
- Registro Oficial 498, 25 de julio de 2011
- Texto cargado en Vigente:
Los valores que por las tarifas deba facturar la contratista al Estado ecuatoriano como consecuencia de la prestación de servicios, están gravados con tarifa 12% de IVA. La contratista tendrá derecho a crédito tributario por el IVA pagado en sus compras locales e importaciones de bienes y servicios, de conformidad con el Título II de la Ley de Régimen Tributario Interno.
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