Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno › Título III. APLICACIÓN DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES
Art. 205
Otras obligaciones con relación al impuesto
Vigente desde 2023-12-29
Los sujetos pasivos de este impuesto tienen la obligación de proporcionar al Servicio de Rentas Internas, previo requerimiento de este, cualquier información relativa a compras, producción o ventas que permitan establecer la base imponible de los contribuyentes sujetos al impuesto.
Adicionalmente, los sujetos pasivos tienen la obligación de mantener durante el plazo de siete años la información, registros de ingresos, salidas e inventarios de materias primas, productos en proceso y productos terminados, informes de producción, información sobre ingresos, costos y gastos; para cada una de las marcas y presentaciones, inclusive de aquellos expresamente exonerados del impuesto o gravados con tarifa 0%.
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