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Art. 204 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Informes de ventas

Vigentedesde el 4 de agosto de 2020

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 260, 4 de agosto de 2020
Texto cargado en Vigente:
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Los agentes de percepción del impuesto a los consumos especiales, inclusive de aquellos expresamente exonerados del impuesto o gravados con tarifa 0%, remitirán un informe acerca de su actividad en los medios, forma, plazo y contenido que defina el Servicio de Rentas Internas mediante resolución de carácter general.

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