Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 186 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Servicios bursátiles

Vigentedesde el 23 de enero de 2013

Fuente:
Registro Oficial 877, 23 de enero de 2013
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Los servicios bursátiles prestados por las bolsas de valores y casas de valores se encuentran gravados con IVA tarifa 0%. Se entiende por servicios bursátiles a los definidos como tales en el artículo 3 y número 2 del artículo 58 de la Ley de Mercado de Valores.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.