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Art. 140.2 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Vigentedesde el 1 de abril de 2024

Fuente:
Registro Oficial Suplemento 529, 1 de abril de 2024
Texto cargado en Vigente:
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La tarifa de cinco por ciento (5%) del IVA será aplicable en las transferencias locales de aquellos bienes considerados materiales de construcción que consten en el listado que para el efecto expida el Servicio de Rentas Internas con base en la información requerida al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda; y, cualquier otra entidad pública.

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